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3 de diciembre de 2013

RES 000228, (31-10-2013 ). INFORMACION A SUMINISTRAR POR PARTE DE TODOS LOS OBLIGADOS. Medios Magnéticos

RESOLUCION NÚMERO 000228, (31-10-2013 )

TITULO II

INFORMACION A SUMINISTRAR POR PARTE DE TODOS LOS OBLIGADOS.

ARTÍCULO 5. INFORMACION DE LOS DATOS BASICOS DE LOS TERCEROS INFORMADOS. Todos los informantes están obligados a reportar los siguientes datos básicos de cada uno de los terceros informados, conforme con los parámetros establecidos en el Anexo de Especificaciones Técnicas.
• Tipo de documento
• Número de identificación
• Digito de verificación
• Naturaleza
• Primer apellido
• Segundo apellido
• Primer nombre
• Otros nombres
• Razón social
• Dirección
• Actividad Económica
• Código País
• Código Departamento (DPTO)
• Código Municipio
• Correo electrónico
• Teléfono fijo (código área + número)
• Teléfono celular

Parágrafo 1. En el caso de los pagos o abonos en cuenta efectuados a personas o entidades del exterior, diferentes de gastos reembolsables, se debe reportar el número, código o clave de identificación fiscal tributaria, tal como figura en el registro fiscal del país de residencia o domicilio, en relación con el impuesto a la renta o su similar, con tipo de documento 42. Cuando en dicho país no se utilice número, código o clave fiscal, se debe informar con identificación 444444001 en forma ascendente, variando consecutivamente en una unidad hasta el 444449000 y con tipo de documento 43. Los campos de dirección, departamento y municipio no se deben diligenciar.

Los gastos en el exterior que sean reembolsables (gastos de viaje), se reportan con identificación 444444444, razón social “GASTOS EN EL EXTERIOR”.

Parágrafo 2. Con relación a la dirección se debe informar aquella registrada en la contabilidad cuando se crea el tercero que no necesariamente debe coincidir con la que figura en el RUT. 

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