Criterios de tamaño cuantificados
La definición de PYMES no incluye criterios de tamaño
cuantificados para determinar si es una entidad pequeña o mediana. En el
Consejo, se destacó que sus normas se aplican en más de 100 países. El Consejo
concluyó que no es factible desarrollar pruebas de tamaño cuantificadas que
fueran aplicables y duraderas en todos esos países. Esto es coherente con el
enfoque en el que se basan los principios generales del Consejo al establecer
sus normas.
Para decidir a qué entidades se les debe requerir o permitir la
utilización de la NIIF para las PYMES, las jurisdicciones pueden elegir
prescribir criterios de tamaño cuantificados. De forma similar, una
jurisdicción puede decidir que a las entidades que son económicamente
significativas en ese país se les debe requerir utilizar las NIIF completas, en
lugar de la NIIF para las PYMES.
Idoneidad de la niif para las Pymes para las entidades muy
pequeñas: las “micros”
La NIIF para las PYMES está diseñada para entidades,
independientemente del tamaño, que deben publicar estados financieros con
propósito de información general para usuarios externos. Los usuarios externos,
tales como prestamistas, vendedores, clientes, agencias de calificación
crediticia y empleados, necesitan tipos específicos de información, pero no
están en posición de exigir informes, a medida, para satisfacer sus necesidades
específicas de información.
Ellos deben contar con los estados financieros con propósito de
información general. Esto es tan cierto para las “micros” como para las PYMES
más grandes.
Los estados financieros preparados, utilizando la NIIF para las
PYMES, pretenden satisfacer esas necesidades.
Algunos son partidarios de establecer una serie de
requerimientos contables muy simples y breves, para las micro PYMES, con los
principios generales de la contabilidad por acumulación o devengo (algunos
incluso sugieren los criterios de caja o de caja modificado). Y principios de
reconocimiento y medición específicos solamente para las transacciones más
básicas que quizás requieran solamente un balance y un estado de resultados,
con una limitada información para revelar en las notas.
Pequeñas y medianas entidades
El término “pequeñas y medianas entidades” (PYMES),
según lo utiliza el IAS B, se define en la Sección 1: Alcance de la NIIF para
las PYMES. Este término es ampliamente reconocido y utilizado en todo el mundo,
aunque muchas jurisdicciones han desarrollado su propia definición del término
para un amplio rango de propósitos, incluyendo el establecimiento de
obligaciones de información financiera.
Generalmente, esas definiciones nacionales o
regionales incluyen criterios cuantificados basados en los ingresos de
actividades ordinarias, los activos, los empleados u otros factores. El término
se usa, con mucha frecuencia, para indicar o incluir entidades muy pequeñas sin
considerar si publican estados financieros con propósito de información general
para usuarios externos.
Los usuarios de los estados financieros de las Pymes preparados,
utilizando la niif para las Pymes
La NIIF para las PYMES está dirigida a entidades sin obligación
pública de rendir cuentas, que publican estados financieros con propósito de
información general para usuarios externos. Los principales grupos de usuarios
externos incluyen:
(a)
Bancos que efectúan préstamos a las PYMES.
(b)
Vendedores que venden a las PYMES y
utilizan los estados financieros de las PYMES para tomar decisiones sobre
créditos y precios.
(c)
Agencias de calificación crediticia y
otras que utilicen los estados financieros de las PYMES para calificarlas.
(d)
Clientes de las PYMES que utilizan los
estados financieros de las mismas para decidir si hacer negocios.
(e)
Accionistas de las PYMES que no son
gestores de sus PYMES.
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