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23 de noviembre de 2011

La DIAN ha definido las personas naturales y Jurídicas obligadas a suministrar la información exógena tributaria por el año gravable 2011.


Las personas naturales y asimiladas, personas jurídicas, sociedades y asimiladas y demás entidades públicas y privadas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios o de ingresos y patrimonio, la obtención de ingresos durante el año gravable 2010 superiores a quinientos millones de pesos $500.000.000.

El cambio más importante es que los agentes de retención quedarán también obligados a reportar el detalle de la totalidad de los pagos a terceros, deducibles y no deducibles, efectuados durante el 2011 al igual que el detalle de la totalidad de sus IVA descontables y que todos esos reportes solo los podrán entregar en forma virtual.

El primer paquete de resoluciones como director de la DIAN sobre solicitud anual de información exógena tributaria, resoluciones 11423 hasta 11430, a través de las cuales se señalaron a las Personas Naturales y Jurídicas entidades obligadas a suministrar, por el año gravable 2011, la información exógena tributaria a que se refieren los Artículos 623 hasta 631-1 del Estatuto Tributario, información que deberá ser entregada entre Febrero 27 y Abril 16 de 2012.

Expidió la Resolución 11431 para definir la información que mensualmente, al lo largo del 2012, le deberán estar entregando a la DIAN las entidades que lleguen a estar ejecutando los dineros provenientes de  convenios de cooperación internacional.



Información de tipógrafos y litógrafos
Por la cual se señalan los formatos y especificaciones técnicas para la presentación de la información tributaria a que se refiere el artículo 629-1 del Estatuto Tributario que debe ser presentada por las personas o entidades que elaboren facturas o documentos equivalentes a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2011
Anexo 48
Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos
Definir las características y contenido de los archivos, donde se reporta la Elaboración de facturación por litógrafos y tipógrafos.
Cámaras de Comercio
Por la cual se señala el contenido y las características técnicas de la información tributaria a que se refiere el artículo 624 del Estatuto Tributario, que debe ser presentada por las Cámaras de Comercio a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el año gravable 2011
Anexo 43
Información de las sociedades creadas
Definir las características y contenido de los archivos, donde se reporta la Información de las sociedades creadas.
Anexo 44
Sociedades liquidadas
Definir las características y contenido de los archivos, donde se reporta la Sociedades liquidadas.

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