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9 de agosto de 2013

Inventarios, según las NIIF (normas internacionales de información Financiera)

Inventarios
Explica el tratamiento que debe dárseles a: los inventarios o existencias, la cantidad inventarios que será reconocido como activo y el tratamiento hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean reconocidos. La norma da las pautas para determinar ese inventario, así como para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio.

Inventarios o existencias: son activos poseídos para ser vendidos en el curso normal de la explotación, en proceso de producción de cara a esa venta o en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de producción o en el suministro de servicios.

Se consideran inventarios los bienes que han sido comprados y almacenados para revender, también los productos terminados o en curso de fabricación por la empresa, así como los materiales y suministros para ser usados en el proceso productivo. En el caso de prestación de servicios, las existencias incluirán el costo de los servicios para los que la empresa aún no haya reconocido el ingreso ordinario correspondiente.

Alcance: Se aplica a todos los inventarios, excepto a:
a) Las obras en progreso, que surgen de contratos de construcción, incluyendo los contratos de servicios directamente relacionados (Ingresos de Actividades Ordinarias).
b) Los instrumentos financieros (Instrumentos Financieros Básicos, y, Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros).
c) Los activos biológicos relacionados con la actividad agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (Actividades Especiales).

No se aplica a la medición de los inventarios mantenidos por:
a) productores de productos agrícolas y forestales, de productos agrícolas tras la cosecha o recolección y de minerales y productos minerales, en la medida en que se midan por su valor razonable, menos el costo de venta con cambios en resultados, o
b) intermediarios que comercian con materias primas cotizadas, que midan sus inventarios con el valor razonable, menos costos de venta, con cambios en resultados.

Medición: Una entidad medirá los inventarios con el importe menor entre el costo y el precio de venta estimado, menos los costos de terminación y venta.

El costo incluye todos los costos de adquisición, costos de transformación y otros costos incurridos para dar a los inventarios su condición y ubicación actuales. Los costos de adquisición de los inventarios comprenderán el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), el transporte, la manipulación y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, materiales o servicios.

Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se  deducirán para determinar el costo de adquisición.

Los siguientes son ejemplos de costos excluidos del costo de los inventarios y reconocidos como gastos en el periodo en el que se incurren:
a) Importes anormales de desperdicio de materiales, mano de obra u otros costos de producción.
b) Costos de almacenamiento, a menos que sean necesarios durante el proceso productivo, previos a un proceso de elaboración ulterior.
c) Costos indirectos de administración que no contribuyan a dar a los inventarios su condición y ubicación actuales.
d) Costos de venta.

En la medida en que los prestadores de servicios tengan inventarios, los medirán por los costos que suponga su producción. Estos costos consisten, fundamentalmente, en mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión y otros costos indirectos atribuibles.

La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas, y con el personal de administración general, no se incluirán, pero se reconocerán como gastos en el periodo en el que se hayan incurrido. Los costos de los inventarios de un prestador de servicios no incluirán márgenes de ganancia ni costos indirectos no atribuibles que, a menudo, se tienen en cuenta en los precios facturados por los prestadores de servicios.

Los inventarios que comprenden productos agrícolas, que una entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos, deben medirse, en el momento de su reconocimiento inicial, por su valor razonable menos los costos estimados de venta en el punto de su cosecha o recolección. Éste pasará a ser el costo de los inventarios en esa fecha, para la aplicación de esta sección.

Una entidad medirá el costo de los inventarios, utilizando los métodos de primera entrada primera salida (FIFO) o costo promedio ponderado.

Una entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los inventarios que tengan una naturaleza y uso similares.

Para los inventarios, con una naturaleza o uso diferente, puede estar justificada la utilización de fórmulas de costo distintas. El método última entrada primera salida (LIFO) no está permitido en esta NIIF.

Una entidad medirá el costo de los inventarios de partidas que no son habitualmente intercambiables y de los bienes y servicios producidos y segregados para proyectos específicos, utilizando identificación específica de sus costos individuales.

Se requiere que una entidad evalúe, al final de cada periodo sobre el que se informa, si los inventarios están deteriorados; es decir, si el importe en libros no es totalmente recuperable (por ejemplo, por daños, obsolescencia o precios de venta decrecientes). Si una partida (o grupos de partidas) de inventario está deteriorada, esos párrafos requieren que la entidad mida el inventario a su precio de venta, menos los costos de terminación y venta y que reconozca una pérdida por deterioro de valor. Los mencionados párrafos requieren también, en algunas circunstancias,
la reversión del deterioro anterior.

Revelaciones: Una entidad revelará la siguiente información:
a) Las políticas contables adoptadas para la medición de los inventarios, incluyendo la fórmula de costo utilizada.
b) El importe total en libros de los inventarios y los importes en libros, según la clasificación apropiada para la entidad.
c) El importe de los inventarios reconocido como gasto durante el periodo.
d) Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas o revertidas en el resultado de acuerdo con el deterioro del valor de los activos.
e) El importe total en libros de los inventarios pignorados en garantía de pasivos.


Ver  NIC 2: Existencias

8 de agosto de 2013

Instrumentos financieros básicos según las NIIF

Instrumentos financieros básicos

Esta norma establece principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto y para compensar activos y pasivos financieros. Aplica la clasificación de instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; clasificación de los intereses, dividendos, así como las pérdidas y ganancias relacionadas con ellos, también en las circunstancias que obligan a la compensación de activos y pasivos financieros.

Un instrumento financiero es cualquier contrato que dé lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad.

Los instrumentos financieros básicos constan de lo siguiente:
• Efectivo
• Instrumentos de pasivo (como una cuenta, pagaré o préstamo por cobrar o por pagar) que cumplan ciertas condiciones (en particular, los rendimientos para el tenedor son fijos o variables con un criterio de tasa de interés observable o cotizada de referencia única).
• Compromisos de recibir un préstamo que no pueden ser liquidados por el importe neto en efectivo y se espera que el préstamo reúna las mismas condiciones que otros instrumentos de pasivo de esta sección; e
• Inversiones en acciones preferentes no convertibles y en acciones preferentes o acciones ordinarias sin opción de venta.

En un nivel alto, la decisión de si un activo o pasivo que surge de un contrato es un instrumento financiero básico contabilizado según lo establecido, implica ciertos pasos:
1.    El contrato debe dar lugar a un activo financiero de una entidad y a un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio en otra entidad.
2.    La entidad debe haber optado por contabilizar los instrumentos financieros según lo establecido con las Instrumentos financieros básicos y Otros temas relacionados con los instrumentos financieros.
3.    El instrumento financiero no debe estar específicamente excluido en Instrumentos financieros básicos.
4.    El instrumento financiero debe ser
(a) efectivo o
(b) una inversión en acciones preferentes no convertibles y acciones preferentes o acciones ordinarias sin opción de venta o (c) un instrumento de pasivo que cumple los requerimientos.
(d) un compromiso de recibir un préstamo que no puede liquidarse por el importe neto en efectivo y que, cuando se ejecute el compromiso, se espera que cumpla las condiciones.

Reconocimiento: Se exige que un activo financiero o un pasivo financiero se reconozcan sólo cuando la entidad se convierta en una parte de las cláusulas contractuales del instrumento:

Medición: Cuando se reconocen, por primera vez, los instrumentos financieros, se miden a su precio de transacción, salvo que el acuerdo constituya, en efecto, una transacción de financiación.

Si el acuerdo constituye una transacción de financiación, la partida se medirá inicialmente con el valor presente de los cobros futuros descontados a una tasa de interés de mercado, para un instrumento de deuda similar.

Luego del reconocimiento inicial, se aplica un modelo de costo amortizado (o, en algunos casos, un modelo del costo) para medir todos los instrumentos financieros básicos; excepto las inversiones en acciones preferentes no convertibles y sin opción de venta y en acciones ordinarias sin opción de venta que cotizan en bolsa, o cuyo valor razonable se puede medir de otra forma con fiabilidad.

Para dichas inversiones, esta sección exige una medición tras el reconocimiento inicial al valor razonable con cambios en el valor razonable reconocido en los resultados.

Esta sección exige, al final de cada periodo sobre el que se informa, una evaluación para determinar si existe evidencia objetiva de deterioro del valor de los activos financieros que se midan al costo o al costo amortizado.

Cuando exista dicha evidencia, se reconocerá, de inmediato, una pérdida por deterioro del valor en los resultados. Si, en periodos posteriores, el importe de una pérdida por deterioro del valor disminuye y la disminución pudiera ser objetivamente relacionada con un evento que ocurre posterior al reconocimiento del deterioro, se revierte la pérdida por deterioro reconocida previamente. Sin embargo, la reversión no debe derivar en un activo financiero con un importe en libros revisados, superior al monto que el importe, en libros, hubiera alcanzado, si el deterioro del valor no se hubiera reconocido previamente.

Información para revelar: Para pasivos financieros medidos con el valor razonable, con cambios en resultados. Las entidades que solo tienen instrumentos financieros básicos y, por lo tanto, no aplican la Otros temas relacionados con los instrumentos financieros no tendrán ningún pasivo financiero medido con el valor razonable con cambios en resultados y, por lo tanto, no necesitarán revelar esta información.

De acuerdo con las Notas a los estados financieros, una entidad revelará información, en el resumen de las políticas contables significativas, sobre la base (o bases) de medición utilizadas para instrumentos financieros y otras políticas contables utilizadas para instrumentos financieros que sean relevantes para la comprensión de los estados financieros.

Una entidad revelará información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar la relevancia de los instrumentos financieros en su situación financiera y rendimiento. Por ejemplo, para las deudas a largo plazo. Esta información, normalmente, incluiría los plazos y condiciones del instrumento de deuda tal como la tasa de interés, el vencimiento, los plazos de reembolso y las restricciones que el instrumento de deuda impone sobre la entidad.

Para los activos y pasivos financieros, medidos con el valor razonable, la entidad revelará la base para determinar el valor razonable; esto es, el precio de mercado cotizado en un mercado activo o una técnica de valoración. Cuando se utilice una técnica de valoración, la entidad revelará los supuestos aplicados para determinar el valor razonable de cada clase de activos financieros o pasivos financieros. Por ejemplo, si fuera aplicable, una entidad revelará las hipótesis relacionadas con las tasas de pagos anticipados, las tasas de pérdidas estimadas en los créditos y las tasas de interés o de descuento.

Si una entidad ha transferido activos financieros a un tercero, en una transacción que no cumple las condiciones para la baja en cuentas, la entidad revelará para cada clase de estos activos financieros lo siguiente:
a) La naturaleza de los activos.
b) La naturaleza de los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad a los que la entidad continúe expuesta.
c) El importe en libros de los activos o de cualesquiera pasivos asociados, que la entidad siga reconociendo.

Cuando una entidad haya pignorado activos financieros, como garantía de pasivos o pasivos contingentes, revelará lo siguiente:
a) El importe en libros de los activos financieros pignorados como garantía.
b) Los plazos y condiciones relacionados con su pignoración.

Para los préstamos por pagar reconocidos en la fecha sobre la que se informa para los que haya una infracción de los plazos o incumplimiento del principal, intereses, fondos de amortización o cláusulas de reembolso que no se haya corregido en la fecha sobre la que se informa, una entidad revelará lo siguiente:
a) Detalles de esa infracción o incumplimiento.
b) El importe en libros de los préstamos por pagar relacionados con la fecha sobre la que se informa.
c) Si la infracción o incumplimiento ha sido corregido o si se han renegociado las condiciones de los préstamos por pagar antes de la fecha de autorización para emisión de los estados financieros.

Una entidad revelará las siguientes partidas de ingresos, gastos, ganancias o pérdidas:
a) Ingresos, gastos, ganancias o pérdidas, incluidos los cambios en el valor razonable reconocidos en:
- Activos financieros medidos con el valor razonable con cambios en resultados.
- Pasivos financieros medidos con el valor razonable con cambios en resultados.
- Activos financieros medidos con el costo amortizado.
- Pasivos financieros medidos con el costo amortizado.
b) Ingresos por intereses totales y gastos por intereses totales (calculados utilizando el método del interés efectivo) para activos financieros o pasivos financieros que no se midan al valor razonable con cambios en resultados.
c) El importe de las pérdidas por deterioro para cada clase de activo financiero.

1 de agosto de 2013

PARAMETRIZACION (CONFIGURACION) DE PROGRAMA, DIPLOMADO


PARAMETRIZACION  (CONFIGURACION) DE PROGRAMA

ADMINISTRATIVO – CONTABLE – FINANCIERO –TRIBUTARIO


Los programas o software ADMINISTRATICO – CONTABLE – FINANCIERO –TRIBUTARIO, se convierten cada día en el mayor aliado para la empresa,  el Contador, en la labor que desarrollar, para sus clientes internos (Administradores, Gerentes, Socios) y externos (Cámara de Comercio, Municipio, Dian, entre otras).

Cada vez más la legislación da mayor y mejores herramientas a las entidades de control,(Mpio, Dian) con el objetivo de disminuir la evasión de impuesto; esta herramienta minimiza el riesgo de suministrar información con inconsistencia, evitando sanciones que son costosas.

OBJETIVO: Es dar a conocer y ampliar los conocimientos en la parametrización de  la herramienta de trabajo, en la cual participan las diferentes secciones, áreas o departamentos que genera información (en la bodega, en personal o talento humano, en el punto de venta, en tesorería) y es contabilizada por personal que no tiene conocimiento contable, el cual no es necesario tener, todo esto con el fin de sacar el mayor beneficio al programa contable o software que usted posea.

MODULO

1.    Aspecto Administrativo.
1.1         Documentación requerida y información que debe contener.
1.2         Flujo de la información (Trafico).
1.3         Digitación de la información.
1.4         Control de la información (Consecutivos).

2.    Aspectos Tributarios.
2.1.        Beneficiario
2.2.        Impuesto del Valor Agregado
2.3.        Retención en la Fuente
2.3.1. Retención del Impuesto del Valor Agregado
2.3.2. Retención en la Fuente.
2.3.3. Retención Cree.
2.3.4. Retención del impuesto de Industria y comercio
2.3.5. Medios Magnéticos.

3.    Aspectos Contables.
3.1.        Cumplimiento de la legislación contable.

4.    Resultado Financiero.
4.1.        Análisis de la información
4.2.        Balance General
4.3.        Estado de resultados.
4.4.        Pago de las obligaciones con base al sistema.
4.5.        Análisis de la cartera.
4.6.        Análisis de las cuentas por pagar.
4.7.        Auditar las obligaciones.

5.    Resultado Tributario.
5.1.        Información para la Declaración Impuesto del Valor Agregado.
5.2.        Información para la Declaración Retención en la Fuente
5.2.1. Retención en la Fuente.
5.2.2. Retención del impuesto de Industria y comercio.
5.3.    Información para la Declaración de Renta.
5.3.1. Medios Magnéticos.
5.4.    Certificados de retenciones

 Dirigido a:

Contadores, Gerentes, Financieros, estudiantes de últimos semestre.

Intensidad: 120 Horas

Conferencista:         Jesús Antonio Alarcón C.
Contador público de Unilibre, Diplomado en formación de consultores en Franquicias, Escuela colombiana de ingeniería Julio Garavito e Instituto tecnológico y de estudios superiores de Monterrey de Méjico, Diplomado Normas Internacionales de Información Financiera ”NIIF”.

Experiencia Laboral: Tecnoquímicas S.A., Uniroyal Croydon S.A., Mac Donald S.A., Equiprac S.A., General Foods de Colombia S.A., Unipapel S.A., AcousticSystem Ltda., Industrias Fana S.A., Coomeva.

Consultor – Asesor: Universidad Autónoma de Nariño “AUNAR”, Observatorio de prospectiva tecnológica industrial Para la competitividad “OPTICOR”, Promercalz Ltda., Tarjetas Exclusivas Muñoz Ltda, CDP del Cuero, CDP de la Madera, Transformadores de Colombia “Tracol” S.A., Fábrica de Calzado Rómulo Ltda., Franco y Franco y Cia S en C, Instituto Técnico de Gestión Empresarial “ITGEM”

Facilitador: Universitaria de Investigación y Desarrollo “UDI”, Universidad Autónoma de Occidente “UAO”, Centro Colombiano de Estudios Profesionales “CCEP”, Universidad Cooperativa de Colombia, Universidad Santiago de Cali “USC.

Material:
Se memorias del Diplomado.

Valor de la inversión:
                                  
Público en General                                           $857.000
Descuento Inscripción por Facebook                    $257.100
Valor neto                                                         $599.900
Subsidio estudiante y egreso ITGEM                   $149.900
Valor estudiante y egresado ITGEM                 $450.000

Público en general quien se inscriba por FACEBOOK, obtendrá un descuento del 30% del valor

Forma de pago:

Público en general: Valor de inscripción $60.0000, este se abonara al valor de la inversión; en caso de no asistir este valor no será reembolsable.

Estudiantes y egresados del ITGEM, cancelan en 3 cuotas iguales, la 1ra cuota al inicio el saldo cada mes.
Se reciben pagos con tarjeta débito y crédito

Fecha de inicio    6 de Septiembre 2013
Fecha de Finalización 9 de Noviem 2013

Horario
Días:                               Viernes
Hora de inicio:               4:30 P.M.
Hora de finalización:      9:00 P.M.

Días:                              Sábado
Hora de inicio:              8:30 A.M.
Hora de finalización:     2:30 P.M.

Información y Reserva

Instituto Técnico De Gestión Información “ITGEM” Ltda, teléfonos 6610079, 3723838, Facebook instituto tecnico itgem Ltda, página web www.institutoitgem.com Facebook, jesusalarcon56@yahoo.com.mx, twitter.com/jesusalarcon56, http://capacitacion-asesoria.blogspot.com/, Celular 313 663 26 99,


CUPOS LIMITADOS

26 de julio de 2013

REVELACIONES DE ACUERDO LAS NORMAS NIIF

Políticas: La definición de importancia relativa implica que no es necesario que una entidad revele información específica requerida por esta NIIF, si la información carece de importancia relativa.

Además, una entidad no necesita aplicar sus políticas contables cuando el efecto de no aplicarlas carece de importancia relativa.

Cuando una modificación a la NIIF para PYMES tenga un efecto en el periodo corriente o en cualquier periodo anterior, o pueda tener un efecto en futuros periodos, una entidad revelará:
a) La naturaleza del cambio en la política contable.
b) El importe del ajuste para cada partida afectada de los estados financieros para el periodo corriente y para cada periodo anterior del que se presente información, en la medida en que sea practicable.
c) El importe del ajuste relativo a periodos anteriores a los presentados, en la medida en que sea practicable.
d) Una explicación en el caso de que la determinación de los importes para revelar de los apartados (b) o (c) anteriores, no sea practicable.

Cuando un cambio voluntario en una política contable tenga un efecto en el periodo corriente o en cualquier periodo anterior, una entidad revelará:
a) La naturaleza del cambio en la política contable.
b) Las razones por las que la aplicación de la nueva política contable suministra información fiable y más relevante.
c) En la medida en que sea practicable, el importe del ajuste para cada partida de los estados financieros afectados, mostrado por separado:
- para el periodo corriente
- para cada periodo anterior presentado y
- para periodos anteriores a los presentados, en forma agregada.
d) Una explicación en el caso de que sea impracticable la determinación de los importes para revelar en el apartado anterior.

Estimaciones: Una entidad revelará la naturaleza de cualquier cambio en una estimación contable y el efecto del cambio sobre los activos, pasivos, ingresos y gastos para el periodo corriente. Si es practicable para la entidad estimar el efecto del cambio sobre uno o más periodos futuros, la entidad revelará estas estimaciones.

Errores: Una entidad revelará la siguiente información sobre errores en periodos anteriores:
a) La naturaleza del error del periodo anterior.
b) Para cada periodo anterior presentado, en la medida en que sea practicable, el importe de la corrección para cada partida afectada de los estados financieros.
(c) En la medida en que sea practicable, el importe de la corrección al principio del primer periodo anterior sobre el que se presente información.
d) Una explicación, si no es practicable determinar los importes para revelar en los apartados (b) o (c) anteriores.

No es necesario repetir esta información para revelar en estados financieros de periodos posteriores.

Políticas contables, estimaciones y errores, según las NIIF

Se trabajan los cambios en las estimaciones contables, correcciones de errores.

Es una pauta para escoger y utilizar las políticas contables que se usan en la preparación de estados financieros.

Políticas Contables, Estimaciones y Errores, explica los juicios utilizados para desarrollar, seleccionar, modificar y aplicar, de manera uniforme, una política contable para transacciones, otros sucesos y condiciones que sean similares. Se considera, además, como una guía de implementación relevante, emitida por el IAS B.

Políticas contables: Son políticas contables los principios, bases, convenciones, reglas y procedimientos específicos adoptados por una entidad al preparar y presentar estados financieros.

Una entidad cambiará una política contable solo si el cambio:
a) es requerido por cambios a esta NIIF, o
b) da lugar a que los estados financieros suministren información fiable y más relevante sobre los efectos de las transacciones, otros hechos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

No constituyen cambios en las políticas contables:
a) La aplicación de una política contable para transacciones, otros hechos o condiciones que difieren sustancialmente de los ocurridos con anterioridad.
b) La aplicación de una nueva política contable para transacciones, otros hechos o condiciones que no han ocurrido anteriormente, o que no eran significativos.
c) Un cambio en el modelo del costo, cuando ya no está disponible una medida fiable del valor razonable (o viceversa), para un activo que esta NIIF requeriría o permitiría, en otro caso, medir el valor razonable.

Constituye un cambio de política contable, si al permitir la norma para una transacción específica u otro hecho o condición la elección de tratamiento contable (que incluye base de medición), la entidad la cambia.

Una entidad puede cambiar su política contable voluntariamente solo si el cambio da lugar a estados contables que ofrecen información fiable y más relevante acerca de los efectos de las transacciones u otros hechos o condiciones sobre la situación financiera, el rendimiento o los flujos de efectivo de la entidad.

Una entidad contabilizará los cambios de política contable si éstos provienen de requerimientos de la NIIF. También cuando una entidad haya elegido seguir la NIC 39, Instrumentos Financieros, en lugar de seguir, Instrumentos Financieros Básicos, y, Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros.

Así mismo, contabilizará cualquier otro cambio de política contable de forma retroactiva. Cuando se aplique un cambio de política contable, de forma retroactiva, la entidad aplicará la nueva política contable a la información comparativa de los periodos anteriores, desde la primera fecha que sea practicable, como si la nueva política contable se hubiese aplicado siempre. Cuando sea impracticable determinar los efectos -en cada periodo específico de un cambio en una política contable sobre la información comparativa para uno o más periodos anteriores para los que se presente información- la entidad aplicará la nueva política contable - a los importes en libros de los activos y pasivos - al principio del primer periodo, para que sea practicable la aplicación retroactiva, éste primer periodo podría ser el actual, y efectuará el correspondiente ajuste a los saldos iniciales de cada componente del patrimonio que se vea afectado para ese periodo.

Estimaciones: Un cambio, en una estimación contable, es un ajuste que procede de la evaluación de la situación actual de los activos y pasivos, así como de los beneficios y las obligaciones que se prevén a futuro en relación con dichos activos y pasivos. El ajuste puede realizarse, en el importe, en libros de un activo o un pasivo, o en el gasto que refleja el consumo del activo. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.

Excepto en circunstancias claramente definidas, los cambios en las estimaciones contables se aplican en forma prospectiva. Esto significa que el efecto de un cambio se incluye en los resultados del periodo del cambio, si éste afecta sólo a dicho periodo, y en el periodo del cambio y en periodos futuros si el cambio afectase a todos ellos.

Errores: Los errores de un periodo anterior son omisiones e inexactitudes en los estados financieros de la entidad, para uno o más periodos anteriores. Surgen de no emplear información fiable que se encontraba disponible, cuando los estados financieros para esos periodos fueron autorizados para su publicación; siempre y cuando, se pudiese esperar razonablemente la obtención y utilización de dicha información en la preparación y presentación de dichos estados financieros. También se originan de un error al utilizar dicha información.

Las omisiones o inexactitudes de partidas tienen importancia significativa, si su omisión en los estados financieros pueden influir o modificar las decisiones económicas tomadas por los usuarios o las partes interesadas. La materialidad (o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, analizada en función de las circunstancias particulares en que se haya producido.

A excepción de las circunstancias especificadas en la NIIF para las PYMES, todos los cambios en las políticas contables y las correcciones de errores de un periodo anterior se contabilizan en forma retroactiva. Esto significa que la información comparativa, en los estados financieros, se reexpresa para reflejar transacciones y hechos conforme a la nueva política contable. Como si dicha política se hubiera aplicado siempre, y que los errores de un periodo anterior se corrigen en el periodo en que se produjeron. La aplicación retroactiva de las políticas contables y la reexpresión retroactiva de errores, de un periodo anterior, aumenta la relevancia y la fiabilidad de los estados financieros de una entidad, al compararlos en el tiempo y con los estados financieros de otras entidades.

En la medida en que sea practicable, una entidad corregirá, en forma retroactiva, los errores significativos de periodos anteriores, en los primeros estados financieros formulados después de su descubrimiento:
a) reexpresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que se originó el error o
b) si el error ocurrió con anterioridad al primer periodo para el que se presenta información, reexpresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio de ese primer periodo.

25 de julio de 2013

Estados financieros consolidados y separados, de acuerdo a las NIIF

Se define las circunstancias en las cuales una entidad presenta estados financieros consolidados, la presentación de estados financieros separados y estados financieros combinados.

Las controladoras tienen el poder para dirigir las políticas financiera y de operación de una entidad, para obtener beneficios de sus actividades.

Las controladoras se caracterizan por poseer, a través de subsidiarias, más de la mitad del poder de voto de una entidad, también cuando tiene poder sobre más de la mitad de los derechos de voto, en virtud de un acuerdo con otros inversores.

Se elaboran estados financieros consolidados porque deben utilizar políticas contables uniformes para informar sobre las transacciones y otros eventos iguales que cada uno de ellos realicen.

Al elaborar los estados financieros consolidados, la controladora combinará sus estados financieros con los de la subsidiaria, agregando las partidas que representen activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos de contenido similar, para que los estados financieros consolidados presenten información financiera del grupo, como si se tratase de una sola entidad económica. Se deberán identificar las participaciones no controladoras en el resultado de las subsidiarias consolidadas, que se refieran al periodo sobre el que se informa; y se identificarán por separado las participaciones no controladoras en los activos netos de las subsidiarias consolidadas, de las de la participación de la controladora en éstos.

Si la controladora es subsidiaria o no tiene otras subsidiarias a cargo, distintas de la que se adquirió con la intención de su venta o disposición en el plazo de un año, no será necesario que la controladora elabore estados financieros consolidados.

La entidad controladora presentará estados financieros consolidados en los que consolide sus inversiones en subsidiarias de acuerdo con lo establecido en esta NIIF. En los estados financieros consolidados, se incluirán todas las subsidiarias de la controladora.

Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados si:
a) se cumplen las dos condiciones siguientes:
(i) la controladora es ella misma una subsidiaria y
(ii) su última controladora (o alguna de las controladoras intermedias) elaboran estados financieros consolidados con propósito de información general que cumplan con las Normas Internacionales de Información Financiera completas o con esta NIIF; o

b) no tiene subsidiarias distintas de la que se adquirió con la intención de su venta o disposición en el plazo de un año. Una controladora contabilizará esta subsidiaria:
(i) al valor razonable con cambios en el valor razonable reconocidos en el resultado, si el valor razonable de las acciones se puede medir con fiabilidad, o (ii) en otro caso, al costo, menos el deterioro del valor.

Una entidad preparará estados financieros consolidados que incluyan la entidad y cualquier entidad de cometido específico (ECE) que esté controlada por esa entidad.

Una entidad presentará las participaciones no controladoras en el estado de situación financiera consolidado dentro del patrimonio, por separado del patrimonio de los propietarios de la controladora.

Una entidad revelará las participaciones no controladoras en los resultados del grupo, por separado del estado del resultado integral y en el estado de resultados, si se presenta.

En los estados financieros consolidados, deberá revelarse la siguiente información:
a) E l hecho de que los estados son estados financieros consolidados.
b) La base por la que se determina que existe control cuando la controladora no posee, directa o indirectamente, a través de subsidiarias, más de la mitad del poder de voto.
c) Cualquier diferencia en la fecha en la que se informa de los estados financieros de la controladora y sus subsidiarias, utilizados para la elaboración de los estados financieros consolidados.
d) La naturaleza y el alcance de cualquier restricción significativa (por ejemplo, las procedentes de acuerdos sobre fondos tomados en préstamo o requerimientos de los reguladores) sobre la capacidad de las subsidiarias para transferir fondos a la controladora, en forma de dividendos, en efectivo o de reembolsos de préstamos.

Información a revelar en los estados financieros separados: Cuando una controladora, un inversor en una asociada o un participante con una participación en una entidad controlada de forma conjunta elaboren estados financieros separados, revelará en ellos la siguiente información:
a) el hecho de que los estados son estados financieros separados y
b) una descripción de los métodos utilizados para contabilizar las inversiones en subsidiarias, entidades controladas de forma conjunta y asociadas, e identificará los estados financieros consolidados u otros estados financieros principales con los que se relacionan.

Los estados financieros combinados revelarán la siguiente información:
a) El hecho de que los estados financieros son estados financieros combinados.
b) La razón por la que se preparan estados financieros combinados.
c) La base para determinar qué entidades se incluyen en los estados financieros combinados.
d) La base para la preparación de los estados financieros combinados.


e) La información para revelar sobre partes relacionadas.