Alcance:
Los impuestos a las ganancias incluyen
todos los impuestos de cada país y extranjeros sobre la utilidad sujeta de
impuestos, que deba pagar una entidad. También incluyen las retenciones de
impuestos a pagar por una subsidiaria, asociada o negocio conjunto en las
distribuciones a la entidad que informa. El impuesto corriente es el impuesto
por pagar originado en las ganancias o pérdidas del periodo corriente o de
periodos anteriores. El impuesto diferido, es el impuesto por pagar o por
recuperar en periodos futuros; generalmente, como resultado de que la entidad
recupera o liquida sus activos y pasivos por su importe en libros actual, y el
efecto fiscal de la compensación de pérdidas o créditos fiscales no utilizados
hasta el momento procedentes de periodos anteriores.
Reconocimiento,
medición y otros aspectos:
Los pasivos y activos tributarios
corrientes se reconocen para los impuestos del período actual y anterior. Son
medidos con la tarifa tributaria, aplicable a la fecha de presentación del
reporte. Se tiene en consideración el efecto de todos los resultados posibles
de una revisión, por parte de las autoridades tributarias.
• Las diferencias temporales surgen de las diferencias entre
los valores en libros y las bases tributarias de activos y pasivos.
• La base tributaria de un activo asume la recuperación del
valor en libros, mediante la venta al final del período de presentación del
reporte. La base tributaria de un pasivo asume la liquidación del valor en
libros al final del período de presentación del reporte.
• Los pasivos (activos) tributarios diferidos se reconocen por:
a) todas las diferencias temporales que, en el futuro, puedan
incrementar (reducir) la utilidad sujeta a impuestos y
b) el cargo de las pérdidas tributarias de los créditos
tributarios no-utilizados, excepto por las diferencias temporales asociadas
con:
• Activos o pasivos para los cuales la entidad espere recuperar
o liquidar el valor en libros, sin afectar la utilidad sujeta a impuestos
• Ganancias no remitidas provenientes de subsidiarias en el
extranjero, sucursales, asociadas y negocios conjuntos en la extensión en que
la inversión sea esencialmente de duración permanente
• E l reconocimiento inicial de la plusvalía.
• La provisión por evaluación se reconoce contra los activos
tributarios diferidos de manera que el valor en libros neto sea igual a la
cantidad más alta, más probable, que no sea recuperada.
• Los activos y pasivos tributarios diferidos se miden a una
cantidad que incluye el efecto de los resultados posibles de una revisión, por
parte de las autoridades tributarias, usando las tarifas tributarias
promulgadas que se espera apliquen, cuando se realice el activo tributario diferido
o se liquide el pasivo tributario diferido.
• Los activos y pasivos tributarios corrientes y diferidos no
se descuentan.
• El pasivo corriente y diferido se reconoce en utilidad o
pérdida como gasto por impuestos, excepto en la extensión en que el impuesto
sea atribuible a un elemento de ingresos o gastos reconocidos como otros
ingresos comprensivos o un elemento que se reconozca en patrimonio.
• Los impuestos retenidos, pagados a las autoridades
tributarias por los dividendos pagados, se cargan al patrimonio como parte de
los dividendos.
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