Una de las novedades es que el contribuyente podrá declarar bajo el
Impuesto Mínimo Alternativo Nacional "Iman” o el Impuesto Mínimo
Alternativo Simple “Imas”.
El Imas aplica a empleados cuya renta gravable resulte ser inferior a
los $126.153.000, independiente del monto de sus ingresos brutos.
El Iman es para quienes hayan tenido ingresos superiores a los
$126.153.000 No hay espacio para muchas deducciones, solo las básicas (salud y
pensión).· ¿Cómo saber si tengo que declarar renta?
A partir del próximo 12 de
agosto entre quienes figuran empleados, trabajadores por cuenta propia y otros,
deberán declarar renta por el año gravable 2013.
Para muchos será la primera vez que lo hagan, ya
que forman parte de los 2,1 millones de contribuyentes que a escala nacional
deberán cumplir año con esa obligación por vez primera.
Lo anterior, porque la última reforma tributaria determinó que quienes hayan tenido ingresos
superiores a $37.755.000 deberán declarar, aunque ello no implique pagar el impuesto. En esa condición hay
miles de empleados (antes asalariados) y trabajadores por cuenta propia
(denominados antes como independientes).
¿Quiénes están obligados a declarar?
o Personas con patrimonio bruto superior a los
$120.785.000 al último día del 2013, representado en bienes como vivienda,
vehículo, lote, ahorros, Cdts y otros activos.
o Ingresos brutos superiores a los $37.577.000 por
concepto de salarios, honorarios y otros.
o Que los consumos con tarjeta de crédito excedan
los $75.155.000.
o Que el valor total de compras (carro, vivienda,
electrodomésticos, etc) y consumos diversos supere $75.155.000.
o Que el valor total acumulado de consignaciones
bancarias, depósitos o inversiones financieras, exceda los $120.785.000.
o Que sean personas responsables de recaudo del
IVA del régimen común.
Importante tener en cuenta los ingresos que tuve
en el año, desde el 1º de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, para
saber si estoy en el tope y con qué patrimonio terminé durante ese año.
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