Inventarios
Explica el tratamiento que debe dárseles a: los inventarios o
existencias, la cantidad inventarios que será reconocido como activo y el
tratamiento hasta que los correspondientes ingresos ordinarios sean
reconocidos. La norma da las pautas para determinar ese inventario, así como
para el posterior reconocimiento como un gasto del ejercicio.
Inventarios o
existencias: son activos poseídos para ser vendidos en
el curso normal de la explotación, en proceso de producción de cara a esa venta
o en forma de materiales o suministros, para ser consumidos en el proceso de
producción o en el suministro de servicios.
Se consideran inventarios los bienes que han sido comprados y
almacenados para revender, también los productos terminados o en curso de
fabricación por la empresa, así como los materiales y suministros para ser
usados en el proceso productivo. En el caso de prestación de servicios, las existencias
incluirán el costo de los servicios para los que la empresa aún no haya
reconocido el ingreso ordinario correspondiente.
Alcance: Se aplica a todos
los inventarios, excepto a:
a) Las obras en progreso, que surgen de contratos de
construcción, incluyendo los contratos de servicios directamente relacionados (Ingresos
de Actividades Ordinarias).
b) Los instrumentos financieros (Instrumentos Financieros
Básicos, y, Otros Temas relacionados con los Instrumentos Financieros).
c) Los activos biológicos relacionados con la actividad
agrícola y productos agrícolas en el punto de cosecha o recolección (Actividades
Especiales).
No se aplica a la medición de los inventarios mantenidos por:
a) productores de productos agrícolas y forestales, de
productos agrícolas tras la cosecha o recolección y de minerales y productos
minerales, en la medida en que se midan por su valor razonable, menos el costo
de venta con cambios en resultados, o
b) intermediarios que comercian con materias primas cotizadas,
que midan sus inventarios con el valor razonable, menos costos de venta, con
cambios en resultados.
Medición: Una entidad medirá
los inventarios con el importe menor entre el costo y el precio de venta
estimado, menos los costos de terminación y venta.
El costo incluye todos los costos de adquisición, costos de
transformación y otros costos incurridos para dar a los inventarios su
condición y ubicación actuales. Los costos de adquisición de los inventarios comprenderán
el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no
sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), el transporte,
la manipulación y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las
mercaderías, materiales o servicios.
Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas
similares se deducirán para determinar
el costo de adquisición.
Los siguientes son ejemplos de costos excluidos del costo de
los inventarios y reconocidos como gastos en el periodo en el que se incurren:
a) Importes anormales de desperdicio de materiales, mano de
obra u otros costos de producción.
b) Costos de almacenamiento, a menos que sean necesarios
durante el proceso productivo, previos a un proceso de elaboración ulterior.
c) Costos indirectos de administración que no contribuyan a dar
a los inventarios su condición y ubicación actuales.
d) Costos de venta.
En la medida en que los prestadores de servicios tengan
inventarios, los medirán por los costos que suponga su producción. Estos costos
consisten, fundamentalmente, en mano de obra y otros costos del personal
directamente involucrado en la prestación del servicio, incluyendo personal de supervisión
y otros costos indirectos atribuibles.
La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas,
y con el personal de administración general, no se incluirán, pero se
reconocerán como gastos en el periodo en el que se hayan incurrido. Los costos
de los inventarios de un prestador de servicios no incluirán márgenes de
ganancia ni costos indirectos no atribuibles que, a menudo, se tienen en cuenta
en los precios facturados por los prestadores de servicios.
Los inventarios que comprenden productos agrícolas, que una
entidad haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos, deben medirse,
en el momento de su reconocimiento inicial, por su valor razonable menos los
costos estimados de venta en el punto de su cosecha o recolección. Éste pasará
a ser el costo de los inventarios en esa fecha, para la aplicación de esta
sección.
Una entidad medirá el costo de los inventarios, utilizando los
métodos de primera entrada primera salida (FIFO) o costo promedio ponderado.
Una entidad utilizará la misma fórmula de costo para todos los
inventarios que tengan una naturaleza y uso similares.
Para los inventarios, con una naturaleza o uso diferente, puede
estar justificada la utilización de fórmulas de costo distintas. El método
última entrada primera salida (LIFO) no está permitido en esta NIIF.
Una entidad medirá el costo de los inventarios de partidas que
no son habitualmente intercambiables y de los bienes y servicios producidos y
segregados para proyectos específicos, utilizando identificación específica de
sus costos individuales.
Se requiere que una entidad evalúe, al final de
cada periodo sobre el que se informa, si los inventarios están deteriorados; es
decir, si el importe en libros no es totalmente recuperable (por ejemplo, por
daños, obsolescencia o precios de venta decrecientes). Si una partida (o grupos
de partidas) de inventario está deteriorada, esos párrafos requieren que la
entidad mida el inventario a su precio de venta, menos los costos de
terminación y venta y que reconozca una pérdida por deterioro de valor. Los
mencionados párrafos requieren también, en algunas circunstancias,
la reversión del deterioro anterior.
Revelaciones: Una
entidad revelará la siguiente información:
a) Las políticas contables adoptadas para la medición de los
inventarios, incluyendo la fórmula de costo utilizada.
b) El importe total en libros de los inventarios y los importes
en libros, según la clasificación apropiada para la entidad.
c) El importe de los inventarios reconocido como gasto durante
el periodo.
d) Las pérdidas por deterioro del valor reconocidas o
revertidas en el resultado de acuerdo con el deterioro
del valor de los activos.
e) El importe total en libros de los inventarios pignorados en
garantía de pasivos.
Ver NIC 2: Existencias
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