¿Quiénes
pertenecen al régimen simplificado en el 2017?
La ley 1819 de 2016 cambió los requisitos que deben cumplir las personas
naturales para poder pertenecer al régimen
simplificado, requisitos contemplados en el artículo 499 del estatuto tributario.
En
primer lugar es preciso hacer énfasis en que a este régimen sólo pueden
pertenecer las personas naturales, más exactamente “comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los
agricultores y los ganaderos”, que cumplan con los requisitos del
artículo 499 del estatuto tributario.
REQUISITOS PARA PERTENECER AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN EL 2017
Para que una persona natural pueda pertenecer al régimen simplificado
debe cumplir con todos los requisitos que se enumeran a continuación:
-
Tener como máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o
negocio.
- Que
en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se
desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización
o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
- No
ser usuario aduanero
- Tener
ingresos en el año anterior inferiores a 3.500 Uvt ($104.136.000)
- No
haber celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso
contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por
valor individual, igualo superior a tres mil quinientas (3.500) UVT
($104.136.000 en el 2016 y $111.507.000 en el 2017).
- Que
el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones
financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere
la suma de tres mil quinientas (3.500) UVT ($104.136.000 en el 2016 y
$111.507.000 en el 2017).
La
cifra más importante es la de $104.136.000, de manera que si los ingresos o
consignaciones del año anterior (2016) fueron iguales o superiores a ese
monto, ya no es posible pertenecer al régimen simplificado y se debe inscribir
en el régimen común.
Ahora,
si durante el 2017 las consignaciones superan $111.507.000, se debe pasar al
régimen común, lo mismo si en el 2017 se firma un contrato que individualmente
supere ese monto.
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