Pasivos y patrimonio
Se establece los principios para la clasificación de los
instrumentos financieros como lo son pasivo o patrimonio y aborda la
contabilidad de los instrumentos de patrimonio emitidos a individuos y otras
partes que actúan en su capacidad como inversionistas en instrumentos de patrimonio.
Definiciones
Pasivo: Es una obligación
presente de la empresa debido a eventos anteriores, y para la cancelación la
empresa deberá desprenderse de recursos de la entidad que conllevan a
beneficios económicos.
Patrimonio: Es el interés
residual en los activos de una empresa, luego de deducir todos sus pasivos.
Incluye las inversiones realizadas por la propietarios de la
empresa más los incrementos de dicha inversión, ganadas mediante las
operaciones rentables y conservadas para el uso en las operaciones de la
empresa, menos las reducciones a las inversiones de los propietarios como
resultado de operaciones no rentables y las distribuciones a los socios o
propietarios.
Clasificación
de un instrumento como pasivo o patrimonio
Algunos instrumentos financieros que cumplen la definición de
pasivo se clasifican como patrimonio porque representan el interés residual de
los activos netos de la entidad:
a. Instrumentos
con Opción de Venta: Son aquellos que le
dan al poseedor el derecho de vender ese instrumento al emisor por efectivo u
otro activo financiero o que el emisor vuelve a rescatar o recomprar
automáticamente en el momento de un evento futuro incierto o la muerte o retiro
del poseedor del instrumento. Las características que debe cumplir el
instrumento para poder ser clasificado como instrumento de patrimonio.
b. Instrumentos o
componentes de instrumentos que estén
subordinados a todas las demás clases de instrumentos que se clasifiquen como
patrimonio si le imponen a la empresa la obligación de venderle a terceros
parte de la participación proporcional de los activos Netos de la empresa
solamente en el momento de liquidación.
Instrumentos que se
clasifican como pasivos en lugar de patrimonio:
a. Si en el momento de liquidación la distribución de los activos
netos esta sujeta a una cantidad máxima (techo).
b. Instrumentos con opción de venta si cuando se practica la
venta, el poseedor recibe la participación proporcional de los activos netos de
la empresa (medidos de acuerdo con este IFRS).
Sin embargo si el poseedor tiene el derecho de una cantidad
medida con alguna otra base, instrumento se clasificara como pasivo.
c. Si se obliga a la empresa a efectuar pagos al poseedor antes de
la liquidación, como es el caso de los dividendos obligatorios.
d. El instrumento con opción de venta se clasifica como patrimonio
en los estados financieros de la subsidiaria se clasifica como pasivo en los
estados financieros consolidados del grupo.
e. Las acciones preferentes que estipulan un rescate obligatorio,
por parte del emisor, por una cantidad fija o determinable a una fecha futura
fija o determinable, o le da al poseedor el derecho de requerir que el emisor
rescate el instrumento o después de una fecha particular por una cantidad fija
o determinable.
Emisión
original de acciones o de otros instrumentos de patrimonio:
• Se reconoce como patrimonio cuando: la entidad emite esos
instrumentos; y otra parte está obligada a proveer efectivo u otros recursos a
la empresa a cambio por los instrumentos.
o
Medición: al valor razonable
del efectivo o de los otros recursos recibidos o por cobrar, neto de los costos
directos de la emisión de los instrumentos de patrimonio.
o
Caso especial: se
difiere el pago y el valor del dinero en el tiempo es material: la medición inicial
se tiene que hacer sobre la base del valor presente.
o
Contabilización de las transacciones con instrumentos de
patrimonio: los costos de transacción se deducen del
patrimonio, neto de cualquier beneficio relacionado con impuestos a los ingresos.
o Presentación de los incrementos en el patrimonio que surgen de
la emisión de acciones u otros instrumentos de patrimonio: en el estado de
posición financiera, según sea determinado por las leyes aplicables Venta de opciones, derechos y garantías:
Aplican los mismos principios que para la emisión original de
acciones u otros instrumentos similares.
Dividendos
en acciones
• La capitalización o emisión de bonos de acciones es la
emisión de nuevas acciones a los accionistas en proporción a sus acciones
anteriores.
• La división de acciones, es la división de las acciones
existentes de la entidad en múltiples acciones.
• Estos dos casos, que son bastante comunes, no cambian el
patrimonio de la entidad.
• La entidad tiene que reclasificar las cantidades dentro según
sea requerido por las leyes aplicables.
Deuda
convertible o instrumentos financieros compuestos similares
• En la emisión de deuda convertible o instrumentos financieros
compuestos similares, que contienen tanto un componente pasivo como un
componente patrimonio, la entidad tiene que asignar los resultados entre el
componente pasivo y el componente patrimonio.
• Para hacer la asignación, la entidad determina primero la
cantidad del componente pasivo como el valor razonable de un pasivo similar que
no tenga una característica de conversión o un componente de patrimonio
asociado similar.
• La entidad tiene que asignar la cantidad residual como
componente de patrimonio.
• Los costos de transacción se tienen que asignar entre el
componente deuda y el componente patrimonio, haciéndolo con base en sus valores
razonables relativos.
• La entidad no puede revisar la asignación en un período
subsiguiente.
• En los períodos posteriores a cuando fueron emitidos los
instrumentos, la entidad tiene que reconocer sistemáticamente cualquier
diferencia entre el componente pasivo y la cantidad principal pagable en la
maduración, como gasto adicional por intereses, usando el método del interés
efectivo.
Acciones
de tesorería
• Acciones propias en cartera son los instrumentos de
patrimonio de la empresa que han sido emitidos e inmediatamente adquiridos por
la entidad.
• La entidad tiene que deducir del patrimonio el valor
razonable de la consideración dada por las acciones de tesorería.
• La entidad no puede reconocer, en utilidad o pérdida,
ganancia o pérdida en la compra, venta, emisión o cancelación de las acciones
de tesorería.
Distribuciones
a los propietarios
• La entidad tiene que reducir el patrimonio por la cantidad de
las distribuciones realizadas a sus propietarios (El poseedor de un instrumento
de patrimonio) netos de cualquier beneficios por impuestos a los ingresos
relacionados.
• Cuando en lugar de efectivo se distribuyan activos que no
sean efectivo, la obligación de la distribución la contabiliza como pasivo
medido al valor razonable de los activos a ser distribuidos.
Interés
no-controlante y transacciones en acciones de la subsidiaria consolidada
• En los estados financieros consolidados, el interés
no-controlante en los activos netos de la subsidiaria se incluye en el
patrimonio.
• La entidad tiene que tratar los cambios en el interés
controlante que la matriz tiene en la subsidiaria y que no resultan en pérdida
de control, como transacciones con los tenedores del patrimonio en su capacidad
como tenedores del patrimonio.
• De acuerdo con ello, el valor en libros del interés
no-controlante se tiene que ajustar para reflejar el cambio en el interés que
la matriz tiene en los activos netos de la subsidiaria.
• Cualquier diferencia entre la cantidad por la cual se ajuste
el interés no controlante y el valor razonable de la consideración pagada o
recibida, si la hay, se tiene que reconocer directamente en patrimonio y se
tiene que atribuir a los tenedores del patrimonio de la matriz.
• La entidad no puede reconocer ganancia o pérdida en esos
cambios.
• Como resultado de tales transacciones la entidad no puede
reconocer ningún cambio en los valores en libros de los activos (incluyendo la
plusvalía) o de los pasivos.
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