Para valorar las
existencias se toma en cuenta el menor valor comparando el costo y el valor
neto realizable. El costo de las existencias comprenderá todos los costos
derivados de la adquisición y transformación de las mismas, así como otros costos
en los que se haya incurrido para darles su condición y ubicación actuales.
El precio de compra, los aranceles
de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de
las autoridades fiscales), los transportes, el almacenamiento y otros costos
directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, los materiales o
los servicios hacen parte del costo de adquisición de las existencias. Los
descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán
para determinar el costo de adquisición.
Dentro de los costos de
transformación se incluirán aquellos que están directamente relacionados con
las unidades producidas, entre los cuales podemos encontrar:
- La mano de obra
directa.
- También
comprenderán una parte, calculada de forma sistemática, de los costos
indirectos, variables o fijos, en los que se haya incurrido para
transformar las materias primas en productos terminados.
El proceso de
distribución de los costos indirectos fijos a los costos de transformación se
basará en la capacidad normal de trabajo de los medios de producción. La
cantidad de costo indirecto fijo distribuido a cada unidad de producción no se
incrementará como consecuencia de un nivel bajo de producción, ni por la
existencia de capacidad ociosa.
Los costos indirectos no
distribuidos se reconocerán como gastos del ejercicio en que han sido
incurridos. Los costos indirectos variables se distribuirán, a cada unidad de
producción, sobre la base del nivel real de uso de los medios de producción.
Cuando se fabrican simultáneamente
varios productos y los costos de transformación de cada tipo de producto no
sean identificables por separado, se distribuirá el costo total entre los
productos, utilizando bases uniformes y racionales. La mayoría de los
subproductos, por su propia naturaleza, no poseen un valor significativo.
Cuando este sea el caso, se medirán frecuentemente por su valor neto
realizable, deduciendo esa cantidad del costo del producto principal. Como
resultado de esta distribución, el importe en libros del producto principal no
resultará significativamente diferente de su costo.
Se incluirán además de
los anteriores costos otros que siempre que se hubiera incurrido en ellos para
dar a las mismas su condición y ubicación actuales. Por ejemplo, se podría
incluir como costo de las existencias, algunos costos indirectos no derivados
de la producción o los costos del diseño de productos para clientes
específicos.
Algunos costos son considerados
como gastos del ejercicio, tales como:
- Las cantidades
anormales de desperdicio de materiales, mano de obra u otros costos de
producción
- Los costos de
almacenamiento, a menos que esos costos sean necesarios en el proceso
productivo, previos a un proceso de elaboración ulterior
- Los costos
indirectos de administración que no hayan contribuido a dar a las
existencias su condición y ubicación actuales
- Los costos de venta
Los costos por intereses
serán incluidos en algunas circunstancias, en la NIC 23 se identifican los
casos de inclusión de este costo.
Una empresa puede adquirir
existencias con pago aplazado.
Un prestador de servicios puede
poseer existencias, las cuales valorará por los costos de producción, estos se
componen fundamentalmente de mano de obra y otros costos del personal
directamente involucrado en la prestación del servicio y otros costos
indirectos distribuibles. La mano de obra y los demás costos relacionados con
las ventas, y con el personal de administración general, no se incluirán en el costo
de las existencias, pero se contabilizarán como gastos del ejercicio. Los costos
de las existencias de un prestador de servicios no incluirán márgenes de
ganancia ni costos indirectos no distribuibles.
Las existencias que
comprenden productos agrícolas, que la empresa haya cosechado o recolectado de
sus activos biológicos, se valorarán por el valor razonable menos los costos
estimados en el punto de venta, considerados en el momento de su cosecha o
recolección.
Ver parte I NIC 2: Existencias (Parte I)
Ver parte I NIC 2: Existencias (Parte I)
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