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28 de septiembre de 2013

NIC 2: Existencias. Valoración de existencias (Parte II)


Para valorar las existencias se toma en cuenta el menor valor comparando el costo y el valor neto realizable. El costo de las existencias comprenderá todos los costos derivados de la adquisición y transformación de las mismas, así como otros costos en los que se haya incurrido para darles su condición y ubicación actuales.
El precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), los transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de las mercaderías, los materiales o los servicios hacen parte del costo de adquisición de las existencias. Los descuentos comerciales, las rebajas y otras partidas similares se deducirán para determinar el costo de adquisición.
Dentro de los costos de transformación se incluirán aquellos que están directamente relacionados con las unidades producidas, entre los cuales podemos encontrar:
  • La mano de obra directa.
  • También comprenderán una parte, calculada de forma sistemática, de los costos indirectos, variables o fijos, en los que se haya incurrido para transformar las materias primas en productos terminados.
El proceso de distribución de los costos indirectos fijos a los costos de transformación se basará en la capacidad normal de trabajo de los medios de producción. La cantidad de costo indirecto fijo distribuido a cada unidad de producción no se incrementará como consecuencia de un nivel bajo de producción, ni por la existencia de capacidad ociosa.
Los costos indirectos no distribuidos se reconocerán como gastos del ejercicio en que han sido incurridos. Los costos indirectos variables se distribuirán, a cada unidad de producción, sobre la base del nivel real de uso de los medios de producción.
Cuando se fabrican simultáneamente varios productos y los costos de transformación de cada tipo de producto no sean identificables por separado, se distribuirá el costo total entre los productos, utilizando bases uniformes y racionales. La mayoría de los subproductos, por su propia naturaleza, no poseen un valor significativo. Cuando este sea el caso, se medirán frecuentemente por su valor neto realizable, deduciendo esa cantidad del costo del producto principal. Como resultado de esta distribución, el importe en libros del producto principal no resultará significativamente diferente de su costo.

Se incluirán además de los anteriores costos otros que siempre que se hubiera incurrido en ellos para dar a las mismas su condición y ubicación actuales. Por ejemplo, se podría incluir como costo de las existencias, algunos costos indirectos no derivados de la producción o los costos del diseño de productos para clientes específicos.
Algunos costos son considerados como gastos del ejercicio, tales como:
  • Las cantidades anormales de desperdicio de materiales, mano de obra u otros costos de producción
  • Los costos de almacenamiento, a menos que esos costos sean necesarios en el proceso productivo, previos a un proceso de elaboración ulterior
  • Los costos indirectos de administración que no hayan contribuido a dar a las existencias su condición y ubicación actuales
  • Los costos de venta
Los costos por intereses serán incluidos en algunas circunstancias, en la NIC 23 se identifican los casos de inclusión de este costo.
Una empresa puede adquirir existencias con pago aplazado.

Un prestador de servicios puede poseer existencias, las cuales valorará por los costos de producción, estos se componen fundamentalmente de mano de obra y otros costos del personal directamente involucrado en la prestación del servicio y otros costos indirectos distribuibles. La mano de obra y los demás costos relacionados con las ventas, y con el personal de administración general, no se incluirán en el costo de las existencias, pero se contabilizarán como gastos del ejercicio. Los costos de las existencias de un prestador de servicios no incluirán márgenes de ganancia ni costos indirectos no distribuibles.


Las existencias que comprenden productos agrícolas, que la empresa haya cosechado o recolectado de sus activos biológicos, se valorarán por el valor razonable menos los costos estimados en el punto de venta, considerados en el momento de su cosecha o recolección.

Ver parte I NIC 2: Existencias (Parte I)

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