¿Por
qué la determinación del resultado fiscal y la determinación del resultado distribuible
no son objetivos específicos de la NIIF para las PYMES?
Las
NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros con
propósito de información general y en otras informaciones financieras de todas
las entidades con ánimo de lucro. Los estados financieros, con propósito de
información general, se dirigen hacia las necesidades de información comunes de
un amplio espectro de usuarios; por ejemplo: accionistas, acreedores, empleados
y público, en general.
Los
estados financieros, con propósito de información general, son aquéllos que pretenden
atender las necesidades de usuarios que no están en condiciones de exigir
informes a la medida de sus necesidades específicas de información. Los estados
financieros, con propósito de información general, suministran información sobre
la situación financiera, el rendimiento y los flujos de efectivo de una
entidad.
La
determinación del resultado fiscal requiere estados financieros con propósitos
de información especial diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones
fiscales de una determinada jurisdicción. De forma similar, el resultado
distribuible de una entidad está definido por las leyes y regulaciones del país
u otra jurisdicción en la que esté domiciliada.
Las
autoridades fiscales, a menudo, son usuarios externos importantes de los estados
financieros de las PYMES. Casi siempre, las autoridades fiscales tienen el poder
de solicitar cualquier información que necesiten para cumplir tanto con su evaluación
fiscal legal como con su obligación de recaudar. Las autoridades fiscales frecuentemente
consideran los estados financieros como el punto de partida para determinar las
ganancias fiscales, y algunas cuentan con políticas para minimizar los ajustes
al resultado contable, con el propósito de determinar las ganancias fiscales.
No obstante, las normas contables globales para las PYMES no pueden tratar la
información fiscal en jurisdicciones individuales. Pero el resultado
determinado, de conformidad con la NIIF para las PYMES, puede servir como punto
de partida para determinar la ganancia fiscal en una determinada jurisdicción,
a través de una conciliación que sea desarrollada nacionalmente de manera
fácil.
Una
conciliación similar puede desarrollarse para ajustar el resultado medido por la
NIIF para las PYMES con el resultado distribuible, según las leyes y
regulaciones nacionales.
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