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15 de julio de 2013

Criterios de tamaño cuantificados, según la NIIF

Criterios de tamaño cuantificados

La definición de PYMES no incluye criterios de tamaño cuantificados para determinar si es una entidad pequeña o mediana. En el Consejo, se destacó que sus normas se aplican en más de 100 países. El Consejo concluyó que no es factible desarrollar pruebas de tamaño cuantificadas que fueran aplicables y duraderas en todos esos países. Esto es coherente con el enfoque en el que se basan los principios generales del Consejo al establecer sus normas.

Para decidir a qué entidades se les debe requerir o permitir la utilización de la NIIF para las PYMES, las jurisdicciones pueden elegir prescribir criterios de tamaño cuantificados. De forma similar, una jurisdicción puede decidir que a las entidades que son económicamente significativas en ese país se les debe requerir utilizar las NIIF completas, en lugar de la NIIF para las PYMES.

Idoneidad de la niif para las Pymes para las entidades muy
pequeñas: las “micros”

La NIIF para las PYMES está diseñada para entidades, independientemente del tamaño, que deben publicar estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Los usuarios externos, tales como prestamistas, vendedores, clientes, agencias de calificación crediticia y empleados, necesitan tipos específicos de información, pero no están en posición de exigir informes, a medida, para satisfacer sus necesidades específicas de información.
Ellos deben contar con los estados financieros con propósito de información general. Esto es tan cierto para las “micros” como para las PYMES más grandes.

Los estados financieros preparados, utilizando la NIIF para las PYMES, pretenden satisfacer esas necesidades.

Algunos son partidarios de establecer una serie de requerimientos contables muy simples y breves, para las micro PYMES, con los principios generales de la contabilidad por acumulación o devengo (algunos incluso sugieren los criterios de caja o de caja modificado). Y principios de reconocimiento y medición específicos solamente para las transacciones más básicas que quizás requieran solamente un balance y un estado de resultados, con una limitada información para revelar en las notas.

Pequeñas y medianas entidades
El término “pequeñas y medianas entidades” (PYMES), según lo utiliza el IAS B, se define en la Sección 1: Alcance de la NIIF para las PYMES. Este término es ampliamente reconocido y utilizado en todo el mundo, aunque muchas jurisdicciones han desarrollado su propia definición del término para un amplio rango de propósitos, incluyendo el establecimiento de obligaciones de información financiera.

Generalmente, esas definiciones nacionales o regionales incluyen criterios cuantificados basados en los ingresos de actividades ordinarias, los activos, los empleados u otros factores. El término se usa, con mucha frecuencia, para indicar o incluir entidades muy pequeñas sin considerar si publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos.

Los usuarios de los estados financieros de las Pymes preparados, utilizando la niif para las Pymes

La NIIF para las PYMES está dirigida a entidades sin obligación pública de rendir cuentas, que publican estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Los principales grupos de usuarios externos incluyen:

(a)        Bancos que efectúan préstamos a las PYMES.

(b)        Vendedores que venden a las PYMES y utilizan los estados financieros de las PYMES para tomar decisiones sobre créditos y precios.

(c)         Agencias de calificación crediticia y otras que utilicen los estados financieros de las PYMES para calificarlas.

(d)        Clientes de las PYMES que utilizan los estados financieros de las mismas para decidir si hacer negocios.


(e)        Accionistas de las PYMES que no son gestores de sus PYMES.

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