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1 de diciembre de 2011

¿Quiénes pueden pertenecer al régimen simplificado en el año 2012?

Definido el valor del UVT para el 2012 el cual vale $26.049 y según el artículo 499 del estatuto tributario, pertenecen las personas naturales comerciantes y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que realicen operaciones gravadas, así como quienes presten servicios gravados, siempre y cuando cumplan la totalidad de las siguientes requisitos:

1.   Qué los ingresos provenientes de las actividades gravadas desarrolladas por la persona natural durante el 2011 hayan sido inferiores a 4.000 Uvt ($100.528.000).

2.   No tener más de un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

3.   Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

4.   No ser usuario aduanero.

5.   Que en el 2011 no haya celebrados contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor  individual  superior a 3.300 Uvt ($82.936.000).

6.   Que en el 2012  no celebre contratos de venta de bienes o prestación de servicios gravados por un valor  individual  superior a 3.300 Uvt, esto es $85,962.000.

7.   Que en el 2011 el monto total de sus consignaciones bancarias no haya superado los 4.500 Uvt, es decir $113.094.000.

8.   Que en el 2012 el monto total de sus consignaciones no supere el monto de 4.500 Uvt, esto es la suma de $117.221.000.

Quien en el 2012 pretenda firmar un contrato cuyo valor individual sea superior a $85.962.000 debe previamente inscribirse en el régimen común.

Valor del Uvt de referencia:
2011: 25.132
2012: 26.049


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